Ley Home Office entra en vigor; estas son las obligaciones que establece para patrones y trabajadores

A partir del martes entró en vigor la NOM-037, que regula el 'teletrabajo' o también llamado Home Office, en México.

Ley de Home Office

Después de haberse aprobado en el Congreso la ‘Ley Home Office’ o NOM-037, por fin entró en vigor a partir del primer minuto del 5 de diciembre, la cual regulará el llamado ‘teletrabajo’ o también conocido como ‘home office’ o ‘trabajo en casa’ en México.

Dicha ley genera una serie de obligaciones tanto para empleadores como trabajadores y aplica a los centros de trabajo con más de 40% de personal laborando bajo la modalidad de home office. A continuación te decimos qué obligaciones establece.

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¿Qué establece la Ley Home Office?

La Norma Oficial establece varias obligaciones para ambas partes, de las cuales te damos un pequeño recuento.

Pago de internet y luz

Los empleadores deben brindar las herramientas necesarias a sus empleados para el desempeño de sus funciones, asimismo, las empresas tienen la obligación de pagar el consumo de internet y energía eléctrica que consuman los trabajadores donde realicen su labor.

Vacaciones y licencias

Con esta normatividad, quienes se desempeñen en el “teletrabajo” tienen derecho a desconectarse de la comunicación con la empresa después de concluir su horario laboral, y a una garantía de que no se les soliciten tareas en periodos vacacionales o relativos a licencias por maternidad, adopción o tiempo de lactancia.

Igualdad en derechos laborales

Las personas que trabajen en casa tienen los mismos derechos laborales que quienes lo hagan en oficina de la compañía, incluyendo figuras como la sindicalización y negociación colectiva.

Lista de “teletrabajadores”

Con la entrada en vigor de la Ley Home Office, los patrones y empresas deben contar con un listado actualizado de los trabajadores que trabajan en casa con el objetivo de contar con un registro separado de quienes se desempeñan en oficina o en trabajo de campo.

Especificación en contrato

Otro aspecto que regula la nueva norma, es que los empleadores deben crear una política de “teletrabajo” por escrito, la cual debe alinearse con el contrato colectivo de trabajo o el reglamento interior de trabajo, según corresponda a cada empresa.

Concientización de seguridad y salud

Se debe informar al “teletrabajador” sobre los riesgos en materias de seguridad y salud que existen con esta modalidad, y proporcionarles una lista de verificación de condiciones, así como brindar su validación por parte de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

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Con información de Proceso / Foto de portada: tomada de internet

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