El uso de los scooters, bicicletas eléctricas y otros tipos de Vehículos Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE), así como Vehículos Eléctrico Personal (VEP), se ha incrementado de manera acelerada en los últimos años, lo que ha generado ciertas problemáticas de tránsito, seguridad vial y peatonal, entre otros.
Es por ello que el Gobierno de la Ciudad de México ha iniciado un proceso de regulación, para garantizar la seguridad de usuarios, peatones y automovilistas, así como evitar abusos y la operación criminal a bordo de este tipo de transportación tan ágil.

La Jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, firmó y presentó el decreto por el que se modifican los reglamentos de Tránsito y de la Ley de Movilidad, ambos de la Ciudad de México, para regular el uso de VEMEPE y VEP.
“Esta regulación que hoy se presenta significa reconocer esta nueva realidad y establecer reglas justas, garantizar derechos, prevenir accidentes y la coexistencia y convivencia con todas las formas de movilidad”, argumentó la jefa Clara Brugada.
Las nuevas reglas
Las nuevas disposiciones incluyen la obligatoriedad de contar con licencia de conducir para este tipo de vehículos.
Además, a partir del 1 de julio de este año este tipo de vehículos nuevos deberán salir con placas desde los puntos de venta, por lo que se ofrecerá también un margen de socialización a usuarios para que conozcan el reglamento; mientras que a partir del mes de septiembre la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) aplicará las nuevas reglas y sanciones.
“Se va a dar dos meses de conocimiento, de construcción de cultura vial, de apropiación de lo que se debe hacer, y aunque salgan con placa, sólo hasta el 1 de septiembre la secretaría (de Seguridad Ciudadana) va a poder actuar si no se cumple con lo que dice el reglamento”, explicó.
Brugada Molina aclaró que los usuarios que ya cuentan con algún vehículo de este tipo (VEMEPE Y VEP) tendrán del 1 de julio al 20 de noviembre de 2026 para registrarse en la plataforma y realizar el respectivo emplacamiento.
Entre las nuevas reglas que deben acatar este tipo de transporte personal está la prohibición de circular sobre banquetas, carriles confinados para transporte público y carriles centrales de vías de acceso controlado; además, será obligatorio el uso de casco y manejar sin haber consumido bebidas alcohólicas, así como circular sobre vías cuya velocidad máxima supere los 50 km por hora, entre otras disposiciones.

Sanciones
Las sanciones serán de 10 UMAS (Unidad de Medida y Actualización) durante las primeras dos infracciones, equivalente a mil 175 pesos; de 15 UMAS para las tres y cuatro infracciones, mil 762 pesos; y 20 UMAS para reincidentes con más de cinco sanciones, equivalente a 2 mil 350 pesos.
Los vehículos que quedan exentos de emplacamiento son aquellas bicicletas con un motor pequeño asistido, pero que no rebasen los 25 kilómetros por horas y tengan un peso mayor a 35 kg, los cuales tendrán que llevar un holograma que les dará derecho a circular por vías confinadas y tendrán que compartir las ciclovías para mayor seguridad.

Alto a las ‘mordidas’
Brugada advirtió que las modificaciones de los dos reglamentos son la seguridad vial, sin ningún fin recaudatorio, lo que permitirá avanzar hacia la protección, regulación de estos vehículos y la prevención de accidentes.
“Esta regulación significa más seguridad vial para todas y todos y también poniendo normas transparentes salvamos vidas”, enfatizó la titular del Ejecutivo local.
En ese sentido, adelantó que presentará un programa para que elementos de la Policía de Tránsito porten una cámara de video adherida al uniforme con el objetivo de garantizar una aplicación transparente de la Ley de Movilidad y su reglamento, aumentar la confianza ciudadana y fortalecer la cultura de legalidad.
“Hoy damos un paso importante hacia un sistema de movilidad donde distintas formas de transporte conviven con reglas claras y con piso parejo. Construimos esta regulación también basándonos con estricto apego a la pirámide de movilidad, que indica que debemos priorizar el cuidado y el bienestar de los más vulnerables en la vía, en las calles, es decir, peatones, ciclistas, usuarios del transporte público y, en último lugar, quienes utilizan transporte motorizado y automóviles”, subrayó.
Por su parte, el secretario de Movilidad (Semovi), Héctor Ulises García Nieto, explicó que el objetivo de la regulación es garantizar una mayor seguridad vial y poder establecer condiciones del uso seguro de estos vehículos, así como evitar los constantes conflictos en vías confinadas, y contar con certeza del número de vehículos existentes en la ciudad.
García Nieto refirió que éstos se clasifican en dos tipos, el primero de ellos son los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) y el segundo los Vehículos Eléctricos Personales (VEP).
Los VEMEPE son vehículos que alcanzan velocidades mayores a los 25 km/h, tienen un motor con potencia continua nominal de 250 watts y hasta 1.34 caballos de fuerza, y a su vez, se dividen en tipo A, con peso menor a 35 kg, y tipo B con un peso mayor a 35 kg, y que pueden alcanzar hasta un peso de 350 kg.
“Buscamos con ello armonizar la Ley de Movilidad con la introducción y la definición de estos vehículos. Además, deberá establecerse la obligatoriedad del uso de licencias tipo A1 y A2 para la conducción de VEMEPE porque son vehículos que exceden las condiciones para circular en las vías confinadas y, por lo tanto, tendrán que generar condiciones de seguridad adicional”, explicó.
García Nieto llamó a las empresas faltantes de acercamiento a sumarse y establecer las reglas técnicas finales, pues se trata de analizar los vehículos registrados y también de hacer las modificaciones pertinentes en el Código Fiscal, ya que estos procesos implican un costo, así como las sanciones que tienen que ser incluidas y actualizadas.
Con información de Boletín
