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Colombia suspende el decreto que restringia el porte de 4rm4s

por Ernesto Palacios Najera
septiembre 9, 2026
en Internacional
Decreto de porte de armas en Colombia firmado por el presidente Abelardo de la Espriella en 2026, permite a 700 mil ciudadanos portar armas con salvoconducto vigente.
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Colombia volvió a permitir el porte de armas de fuego. El presidente Abelardo de la Espriella firmó un decreto que levanta la suspensión general vigente desde 2015 y que estaba prorrogada hasta finales de 2026. A partir de ahora, los ciudadanos con salvoconducto vigente —cerca de 700 mil personas— pueden volver a portar sus armas. El debate en Colombia ya comenzó.

Por qué el gobierno colombiano tomó esta decisión

El argumento de De la Espriella no es nuevo, pero sí es el que más incomoda en el debate público: las restricciones al porte de armas terminaron desarmando únicamente a quienes respetan la ley, mientras los delincuentes siguieron operando con armas ilegales sin ningún freno real. Y tiene números para respaldarlo.

Entre el 1 de enero y el 3 de septiembre de este año, la Fuerza Pública colombiana incautó 15,700 armas de fuego. De ellas, 14,179 estaban relacionadas directamente con la comisión de delitos. El desglose es igualmente revelador: 980 armas correspondían a disidencias de las FARC, 551 al Clan del Golfo y 339 al ELN. En ese contexto, la narrativa de que prohibir el porte reduce la violencia se vuelve, al menos, discutible. los grupos armados que operan en Colombia

Qué dice exactamente el decreto: quién puede portar y quién no

El nuevo decreto no es una amnistía general ni una invitación a armarse. Es una restauración de derechos para quienes ya cumplieron todos los requisitos del Estado. Solo pueden portar armas quienes tengan un salvoconducto vigente, sin suspensiones ni cancelaciones previas. Además, el porte está restringido al arma o armas específicamente amparadas por ese permiso y bajo las condiciones que este establece.

El gobierno calcula que aproximadamente 700 mil colombianos están en esa condición. No es un número menor, pero tampoco representa una apertura sin control: los permisos, requisitos y mecanismos de verificación de la ley siguen intactos. Lo que cambió es que ya no existe una suspensión general que bloqueaba el ejercicio de un derecho que el Estado ya había otorgado.

Para quienes no tienen permiso, nada cambia. Salir armado sin salvoconducto sigue siendo ilegal y perseguible. El decreto no crea nuevas rutas para obtener armas; solo reactiva las que ya estaban autorizadas y habían sido congeladas por la restricción.

  • casos de violencia armada en América Latina
Tags: Abelardo de la EspriellaColombia armas 2026decreto porte de armas
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