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Inicio Noticias México Agenda Colectiva

Outsourcing es legal en México solo así: guía REPSE 2024

por Ernesto Palacios Najera
agosto 1, 2026
en Agenda Colectiva, Economía, México
Outsourcing es legal en México solo así: guía REPSE 2024
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El outsourcing es legal en México solo bajo una condición: que se trate de servicios u obras especializadas prestados por una empresa inscrita en el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas). El outsourcing tradicional —ceder trabajadores para hacer las tareas propias del negocio del cliente— quedó prohibido desde la reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada el 23 de abril de 2021. Esa reforma sigue vigente sin cambios estructurales a agosto de 2026.

Esta nota es para dos tipos de personas: empresas o personas físicas que prestan o quieren prestar servicios especializados a terceros, y trabajadores que sospechan que su esquema de contratación no cumple la ley. Si estás en cualquiera de esos casos, aquí encuentras lo que necesitas saber.

La diferencia clave es simple: si la empresa que te contrata o a la que le prestas servicios tiene como actividad principal lo mismo que tú haces, el esquema es ilegal. Si es un servicio que va más allá de su giro principal, puede ser legal, siempre que el prestador tenga REPSE vigente.

Requisitos

  • Ser persona física o moral que ponga trabajadores propios a disposición de un tercero para prestar servicios u obras especializadas.
  • Que el servicio no forme parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante del cliente contratante.
  • RFC vigente ante el SAT.
  • Opinión de cumplimiento positiva del SAT (no mayor a 30 días de antigüedad).
  • Opinión de cumplimiento positiva del IMSS (no mayor a 30 días de antigüedad).
  • Opinión de cumplimiento positiva del INFONAVIT (no mayor a 30 días de antigüedad).
  • Constancia de Situación Fiscal con actividades preponderantes alineadas al servicio que se quiere registrar.
  • Documentación que acredite la naturaleza especializada de las actividades u obras.
  • E.firma (FIEL) vigente para ingresar al portal REPSE.

Cómo se hace paso a paso

  1. Verifica que el servicio califica como especializado. Confirma que no coincide con el objeto social ni la actividad preponderante del cliente. Si hay duda, consulta con un especialista antes de continuar.
  2. Obtén las tres opiniones de cumplimiento positivas y vigentes del SAT, IMSS e INFONAVIT. Cada una debe tener máximo 30 días de antigüedad al momento de presentar la solicitud.
  3. Ingresa al portal REPSE de la STPS con tu e.firma.
  4. El sistema verifica automáticamente tu situación ante SAT, IMSS e INFONAVIT. Si alguna verificación falla, deberás subir en PDF las opiniones positivas correspondientes.
  5. Captura tu solicitud de registro indicando las actividades especializadas que pretendes registrar.
  6. Espera la resolución. La STPS tiene 20 días hábiles para emitir tu número de registro REPSE.
  7. Una vez aprobado, recibes tu número de registro y los folios de actividades autorizadas. Inclúyelos en cada contrato de servicios especializados que firmes.
  8. Registra cada contrato en el SIROC (Sistema de Información de Contratos) dentro de los 20 días hábiles posteriores a la firma.
  9. Presenta el reporte ICSOE (Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas) ante el IMSS cada cuatro meses.
  10. Renueva el REPSE cada 3 años. Inicia el trámite dentro de los 90 días anteriores al vencimiento.

Costos y tiempos

El registro REPSE ante la STPS es completamente gratuito. No tiene costo en 2026.

Operar sin REPSE tiene consecuencias económicas severas. La multa por prestar servicios especializados sin registro va de 2,000 a 50,000 veces la UMA diaria, según el artículo 1004-C de la LFT. Con el valor de la UMA diaria de 2025 ($113.14 MXN), eso equivale a entre $226,280 y $5,657,000 MXN aproximadamente. El valor de la UMA para 2026 debe consultarse en el portal oficial del INEGI, ya que no fue confirmado en esta investigación.

El incumplimiento del reporte ICSOE ante el IMSS puede generar multas de entre 500 y 2,000 UMAs (equivalente aproximado 2025: $54,000 a $217,000 MXN). El monto exacto de la multa por no registrar contratos en SIROC no está confirmado en fuente oficial; consúltalo directamente en el portal del IMSS.

Además, si contratas a un proveedor sin REPSE vigente, pierdes la deducibilidad del ISR y el acreditamiento del IVA sobre esos pagos.

Dónde se hace

El registro, consulta del padrón público y renovación se realizan en el Portal REPSE de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS): repse.stps.gob.mx.

El registro de contratos se hace en el SIROC (Sistema de Información de Contratos), administrado por el IMSS. El reporte cuatrimestral ICSOE también se presenta ante el IMSS. El padrón REPSE es público y cualquier persona puede consultarlo en cualquier momento en el mismo portal de la STPS.

Preguntas frecuentes

¿El outsourcing es ilegal en México?

No en su totalidad. El outsourcing de personal —ceder trabajadores para actividades propias del negocio del cliente— está prohibido desde 2021. Contratar servicios u obras especializadas a empresas con REPSE vigente, cuando esos servicios no son la actividad principal del contratante, sí es legal.

¿Cómo sé si mi empleo es irregular?

Tu empleo puede ser irregular si: realizas actividades que son el giro principal de la empresa que te contrata pero tu patrón formal es otra empresa distinta; tu empresa empleadora no aparece en el padrón REPSE; o no tienes acceso a IMSS, INFONAVIT ni utilidades (PTU) como cualquier trabajador directo. Puedes verificar si tu empleador formal está registrado en el padrón público REPSE en cualquier momento.

¿Quién responde por mis derechos laborales en un esquema de servicios especializados legal?

La empresa prestadora de servicios (la que tiene el REPSE) es tu patrón y es responsable de todas tus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social. La empresa contratante tiene responsabilidad solidaria si no verificó que el proveedor tuviera REPSE vigente.

¿Puedo operar mientras espero que aprueben mi REPSE?

No. Solo puedes prestar servicios especializados una vez que recibas la notificación de aprobación, obtengas tu folio y aparezcas publicado en el padrón público. Operar antes expone a multas millonarias.

¿Las agencias de reclutamiento necesitan REPSE?

Las agencias que solo participan en selección y capacitación, sin fungir como patrón, no requieren REPSE. Si ponen trabajadores a disposición de otra empresa, sí están obligadas a registrarse.

Lo que hay que cuidar

  • Fraude frecuente: Intermediarios que cobran por \’agilizar\’ el registro REPSE. El trámite es 100% gratuito y directo ante la STPS. No pagues a nadie por esto.
  • Error común: Registrar en REPSE actividades que sí forman parte del objeto social del cliente. Esto es simulación y puede causar cancelación del registro y multas.
  • Error común: No renovar el REPSE a tiempo. Si vence, el prestador no puede facturar legalmente y el contratante pierde deducción e IVA de forma automática.
  • Tener REPSE no es suficiente. Hay que cumplir obligaciones permanentes: registrar cada contrato en SIROC dentro de 20 días hábiles, presentar ICSOE cuatrimestralmente ante el IMSS y mantener al corriente SAT, IMSS e INFONAVIT.
  • Desde septiembre de 2025 opera un sistema de verificación cruzada en tiempo real entre SAT, IMSS, INFONAVIT y STPS. Discrepancias entre ICSOE y SIROC generan alertas automáticas de auditoría.
  • Desde 2026 la STPS puede cancelar el REPSE de forma automática por incumplimiento de obligaciones fiscales o laborales, sin proceso previo.
  • Para trabajadores: Si sospechas que tu esquema es irregular, verifica si tu empleador formal aparece en el padrón público REPSE. Si no aparece y realizas actividades del giro principal de la empresa beneficiaria, puedes denunciar ante la STPS. El procedimiento exacto de denuncia debe consultarse directamente en los canales oficiales de la STPS.

Fuentes oficiales

  • Subcontratación Laboral (outsourcing). Derecho Comparado
  • Registro de Prestadoras de Servicios | Infonavit
  • REPSE STPS
Tags: derechos laboralesLey Federal del TrabajooutsourcingREPSEservicios especializadosSTPSsubcontratación
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Ernesto Palacios Najera

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