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Inicio Noticias México Agenda Colectiva

Doble nacionalidad mexicana: documentos y pasos para el trámite

por Ernesto Palacios Najera
agosto 1, 2026
en Agenda Colectiva, México
Doble nacionalidad mexicana: documentos y pasos para el trámite
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El doble nacionalidad mexicana trámite más común es el Registro de Nacimiento ante un Consulado de México. Desde 1998, la Ley de Nacionalidad permite conservar ambas nacionalidades al mismo tiempo. Esto significa que obtener el acta de nacimiento mexicana no elimina la ciudadanía del otro país.

Este trámite aplica para personas nacidas en el extranjero cuyo padre o madre sea mexicano por nacimiento o por naturalización. También puede hacerse ante el Registro Civil en México si la familia ya está en el país. El resultado es un acta de nacimiento mexicana con plena validez en todo el territorio nacional, sin necesidad de apostilla ni trámite adicional.

Existe un segundo documento, distinto y separado, llamado Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento. Ese solo lo necesitan quienes quieren ocupar cargos públicos de alto nivel, inscribirse en las Fuerzas Armadas o ser capitán o piloto de embarcaciones o aeronaves con bandera mexicana. Si no estás en ese caso, no lo necesitas.

Requisitos

  • Acta de nacimiento extranjera en versión larga (long form) con lugar, fecha, hora y nombres de ambos padres. Original y 2 copias tamaño carta. Las versiones cortas (abstract) no son aceptadas.
  • Comprobante de nacionalidad mexicana del padre o madre mexicano: acta de nacimiento mexicana, pasaporte mexicano vigente, matrícula consular de alta seguridad vigente, credencial para votar (INE) vigente, declaratoria de nacionalidad mexicana o carta de naturalización. Original y 2 copias.
  • Identificación oficial vigente con foto y firma de ambos padres (original y 2 copias por ambos lados): pasaporte mexicano, INE o matrícula consular. Si uno de los padres es extranjero, pasaporte tipo libreta vigente.
  • Identificación oficial de la persona a registrar, si es mayor de edad.
  • Acta de matrimonio de los padres con fecha anterior al nacimiento, si aplica. Original y 2 copias. Si los padres no estaban casados o se casaron después del nacimiento, ambos padres deben comparecer físicamente el día del registro.
  • Solicitud de Registro de Nacimiento debidamente llenada (formato disponible en el portal del consulado correspondiente).
  • Si el padre no puede comparecer y no hay acta de matrimonio previa: Poder Especial notarial expedido por Notario Público en México o ante un Consulado o Embajada de México. No se acepta poder expedido por autoridad local extranjera.

Para el Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (trámite adicional solo para cargos públicos), se requiere además: Formato SRE-02-013 llenado a máquina o a mano con tinta azul y letra de molde, copia certificada del acta de nacimiento mexicana, documento extranjero que acredite la otra nacionalidad (apostillado y traducido si aplica) y dos fotografías a color tamaño pasaporte de 4.5 x 3.5 cm.

Cómo se hace paso a paso

  1. Reunir documentos. Obtener todos los originales y copias antes de agendar cita. Verificar que los datos del acta de la persona a registrar coincidan exactamente con los de las identificaciones de los padres.
  2. Agendar cita. Ingresar al portal de citas de la SRE o contactar al consulado más cercano por WhatsApp o correo electrónico. Las citas se agotan rápidamente; algunos consulados abren nuevos espacios los martes o miércoles.
  3. Subir documentos digitalizados. Algunos consulados exigen subir fotografías claras de todos los documentos al momento de agendar. Si no se suben, la cita no es válida aunque el sistema la haya confirmado.
  4. Revisión previa de documentos. Acudir a la jornada de asesoría o ventanilla de información consular para que el personal verifique que el expediente esté completo. Solo si cumple todos los requisitos se recibe el expediente.
  5. Cita de registro. Acudir con la persona a registrar (presencia obligatoria), los padres y, en algunos consulados, testigos mayores de edad. El proceso puede durar hasta tres horas. Si alguno de los involucrados se retira antes de terminar, el trámite se cancela.
  6. Entrega del acta. Si todo está en orden, el acta de nacimiento mexicana se entrega el mismo día. Los documentos originales son devueltos.
  7. Pasaporte mexicano (opcional). Si se desea tramitar el pasaporte después del registro, se requiere una cita adicional y separada para ese trámite.

Costos y tiempos

El Registro de Nacimiento y la primera copia certificada del acta son gratuitos en los consulados mexicanos. Este costo está confirmado en múltiples portales oficiales de la SRE para 2026.

Las copias certificadas adicionales del acta tienen un costo que varía por consulado. Se confirmaron USD $19.00 en el Consulado de Brownsville y USD $20.00 en los consulados de Seattle y Denver. Para otros consulados, consultar directamente en el portal de la sede correspondiente.

El Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (trámite SRE-DGAJ, solo para cargos públicos) tiene un costo de $2,475 MXN, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 según la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2025.

El tiempo de resolución del Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento ante la DGAJ no está confirmado en fuente oficial; consultar directamente en el portal de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE.

Dónde se hace

El Registro de Nacimiento desde el extranjero se hace en el Consulado de México más cercano al lugar de residencia. Las citas se agendan en el portal de citas de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

El Registro de Nacimiento desde México se hace en cualquier oficina del Registro Civil en los estados de la República Mexicana.

El Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento se tramita en la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) de la SRE, ubicada en Edificio Tlatelolco, Plaza Juárez No. 20, Planta Baja, Col. Centro, C.P. 06010, Ciudad de México.

Información adicional disponible en el portal de trámites de la SRE-DGAJ y en el portal del Centro Integral de Atención a Mexicanos (CIAM) en gob.mx.

Preguntas frecuentes

¿Tener doble nacionalidad mexicana me quita la ciudadanía del otro país?

No. Desde 1998 la Ley de Nacionalidad de México permite conservar ambas nacionalidades. Obtener el acta de nacimiento mexicana no elimina la ciudadanía extranjera.

¿Puedo hacer el trámite si mis padres nunca se casaron o el padre no está disponible?

Si no hay acta de matrimonio previa al nacimiento, ambos padres deben comparecer físicamente el día del registro. Si el padre no puede asistir, debe enviar un Poder Especial notarial expedido en México o ante un consulado mexicano. Si el padre falleció y no hubo matrimonio previo, el trámite no procede en el consulado; debe hacerse ante el Registro Civil en México.

¿Necesito testigos para el registro?

Depende del consulado. Algunos no los requieren; otros sí los solicitan el día de la cita. Confirmar con el consulado específico antes de acudir.

¿Puedo tramitar el pasaporte mexicano el mismo día del registro?

No. El pasaporte mexicano requiere una cita adicional y separada, posterior al registro de nacimiento.

¿Puedo recuperar la nacionalidad mexicana si la perdí antes de 1998?

Sí. Los mexicanos que adquirieron ciudadanía extranjera antes del 20 de marzo de 1998 pueden recuperar su nacionalidad mexicana. Requieren ser mayor de edad, acta de nacimiento mexicana, original del certificado de naturalización extranjero, identificación oficial y dos fotografías a color tamaño pasaporte.

Lo que hay que cuidar

  • El acta de nacimiento extranjera debe ser la versión larga (long form): con lugar, fecha, hora y nombres de ambos padres. Las versiones cortas no son aceptadas bajo ninguna circunstancia.
  • Todos los datos del acta de la persona a registrar deben coincidir exactamente con los de las identificaciones de los padres. Cualquier discrepancia puede cancelar el trámite en ventanilla.
  • Si se agenda cita en línea pero no se suben los documentos digitalizados al portal, la cita no es válida aunque el sistema la haya confirmado.
  • Las citas se agotan muy rápido. Intentar agendar el día y hora exactos en que el consulado abre nuevos espacios; algunos lo hacen los martes, otros los miércoles a partir de las 7:30 pm. Confirmar en el portal de la sede específica.
  • El Poder Especial para la ausencia del padre debe ser expedido por Notario Público en México o ante un Consulado o Embajada de México. Un poder notariado por autoridad local extranjera, como un notary public de Estados Unidos, no es válido.
  • Existen sitios web y “gestores” que cobran por tramitar la doble nacionalidad. El Registro de Nacimiento en consulados es gratuito; no se requiere intermediario.
  • Los actos registrales realizados en el consulado tienen plena validez en México sin necesidad de apostilla, legalización ni inscripción adicional ante ninguna autoridad mexicana.
  • El Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento (SRE-DGAJ) no es el mismo trámite que el Registro de Nacimiento. Son documentos distintos con propósitos distintos. El certificado solo aplica para quienes buscan cargos públicos específicos en México.

Fuentes oficiales

  • Doble Nacionalidad (INSCRIPCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO EXTRANJERA)
  • DOBLE NACIONALIDAD
  • Doble ciudadanía (registro de nacimiento de personas mexicanas) | Centro de Información y Asistencia a Persona
  • Costos de servicios de nacionalidad y naturalización
  • Certificado de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento para el Ejercicio de Algún Cargo o Función Pública en el G
  • gob.mx | Gobierno | Secretaría de Relaciones Exteriores|
Tags: doble nacionalidaddocumentosmexicanos en el extranjeronacionalidad mexicanaregistro de nacimientoSREtrámites consulares
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Ernesto Palacios Najera

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