Si tu patrón terminó tu contrato sin una causa válida reconocida en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), estás ante un despido injustificado. Eso significa que la ley te da derechos concretos: puedes exigir que te regresen al trabajo o cobrar una indemnización económica. La elección es tuya, no del patrón.
Esta guía explica qué te toca en un despido injustificado, cuánto tiempo tienes para reclamar y cómo iniciar el trámite paso a paso. Aplica para trabajadores bajo jurisdicción federal en todo México.
Lo más urgente: el plazo para actuar empieza a correr desde el día exacto del despido. No esperes.
Requisitos
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte u otro documento oficial)
- CURP
- Número de Seguridad Social (hoja rosa del IMSS o documento equivalente)
- Contrato laboral. Si no lo tienes, puedes sustituirlo con recibos de nómina, estados de cuenta bancarios con depósitos de salario u otro documento que acredite la relación laboral
- Datos del empleador: razón social, domicilio, teléfono y contacto
- Cualquier comunicación escrita relacionada con el despido: carta de despido, correos electrónicos, avisos. No son obligatorios, pero fortalecen el caso
- Presentar la solicitud de conciliación dentro de los 60 días naturales contados desde el día del despido (Art. 518 LFT)
Cómo se hace paso a paso
- Cuenta los días desde hoy. El plazo es de 60 días naturales de calendario a partir del día exacto del despido (Art. 518 LFT). No son meses completos: son días. Ejemplo: si te despidieron el 15 de febrero, el plazo vence el 17 de abril.
- Busca asesoría gratuita (opcional pero recomendado). Acude a la PROFEDET en persona, llama al 800 717 2942 o al 800 911 7877, o escribe a orientacionprofedet@stps.gob.mx. Un abogado analiza tu caso sin costo y te dice qué procede.
- Presenta la solicitud de conciliación prejudicial. Este paso es obligatorio antes de poder demandar. Acude al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) si eres trabajador de jurisdicción federal, o al centro local que corresponda a tu estado. Sin este trámite, el Tribunal no admite la demanda.
- Asiste a la audiencia de conciliación. El Centro programa la audiencia y notifica al patrón. Un conciliador busca un acuerdo entre las partes. El trámite es completamente gratuito.
- Si hay acuerdo: se firma un convenio con valor de cosa juzgada. El patrón debe cumplirlo.
- Si no hay acuerdo: el Centro emite una Constancia de No Conciliación. Con ese documento puedes presentar la demanda formal ante el Tribunal Laboral competente. El plazo de los 60 días se suspende mientras dura la conciliación y se reanuda al día siguiente de emitida la Constancia (Art. 521, fracc. III LFT).
- Presenta la demanda ante el Tribunal Laboral. El escrito debe incluir los hechos del despido, los datos del ex empleador, lo que reclamas (indemnización, salarios caídos, reinstalación, prestaciones) y la Constancia de No Conciliación. Adjunta todas las pruebas disponibles.
Costos y tiempos
La asesoría y representación de la PROFEDET son completamente gratuitas. La conciliación ante el CFCRL también es gratuita.
Plazo para iniciar el trámite: 60 días naturales desde el día del despido (Art. 518 LFT). Si no actúas dentro de ese plazo, puedes perder el derecho.
Prescripción general: 1 año desde el despido (Art. 516 LFT). Pasado ese plazo, el derecho se extingue definitivamente.
El tiempo que dura la etapa de conciliación no está confirmado en fuente oficial para 2026; consúltalo directamente en el portal del CFCRL. Si el caso llega a juicio ante el Tribunal Laboral, el proceso puede tardar entre 12 y 24 meses dependiendo de la complejidad y la carga del tribunal.
Qué te toca en un despido injustificado
La LFT establece los siguientes conceptos (Arts. 48, 50 y 162, vigentes en 2026):
- 3 meses de salario integrado (indemnización constitucional, Art. 48 LFT)
- 20 días de salario integrado por cada año de servicios prestados (Art. 50 LFT)
- Prima de antigüedad: 12 días de salario por cada año trabajado, con el salario topado al doble del salario mínimo general vigente (Art. 162 LFT). El monto exacto del salario mínimo 2026 debe verificarse en el portal de la CONASAMI (conasami.gob.mx), ya que el dato no está confirmado en fuente oficial.
- Salarios caídos desde la fecha del despido hasta un máximo de 12 meses, más intereses si el juicio se extiende más allá de ese periodo (Art. 48 LFT)
- Partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional (25% sobre vacaciones) correspondientes al tiempo laborado en el último año
También puedes elegir la reinstalación en tu puesto con las mismas condiciones en lugar de la indemnización. La decisión es tuya.
Dónde se hace
- Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) — para trabajadores de jurisdicción federal. Portal: cfcrl.gob.mx
- Centros locales de conciliación — para trabajadores de jurisdicción local o estatal, según el estado donde se prestó el servicio
- PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) — asesoría y representación gratuita. Portal: gob.mx/profedet. Cuenta con 48 oficinas en la República Mexicana. Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877. Correo: orientacionprofedet@stps.gob.mx
- Tribunales Laborales — para la etapa de demanda formal, una vez obtenida la Constancia de No Conciliación
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
60 días naturales desde el día del despido para presentar la solicitud de conciliación prejudicial (Art. 518 LFT). El plazo corre en días de calendario, no en meses completos. Si no actúas en ese tiempo, puedes perder el derecho, salvo que el patrón no oponga la excepción de prescripción.
¿Puedo pedir que me regresen al trabajo en lugar de cobrar?
Sí. El Art. 48 LFT te da a elegir entre reinstalación en tu puesto con las mismas condiciones o la indemnización económica. La elección es tuya.
¿Tengo que pagar un abogado?
No es obligatorio. La PROFEDET ofrece asesoría, conciliación y representación jurídica completamente gratuitas. La conciliación ante el CFCRL también es gratuita.
¿Qué pasa si firmé una renuncia pero en realidad me despidieron?
Una firma obtenida bajo presión o coacción puede impugnarse legalmente. Si ya firmaste, busca asesoría en la PROFEDET de inmediato para evaluar si procede la impugnación. No firmes nada si te están despidiendo.
¿La conciliación detiene el plazo de los 60 días?
Sí. El plazo se suspende desde que presentas la solicitud de conciliación y se reanuda al día siguiente de que se emite la Constancia de No Conciliación (Art. 521, fracc. III LFT).
Lo que hay que cuidar
- No firmes una renuncia voluntaria si te están despidiendo. Al hacerlo renuncias a la indemnización por despido injustificado.
- No firmes un finiquito por menos de lo que marca la ley sin antes verificar el cálculo correcto con la PROFEDET o un abogado.
- Cuenta bien los días. El plazo de 60 días corre en días naturales de calendario desde el día exacto del despido, no desde el siguiente.
- La conciliación prejudicial es obligatoria. Sin la Constancia de No Conciliación, el Tribunal no admite la demanda.
- PROFEDET es completamente gratuita. Ningún servidor público ni persona ajena puede cobrarte por sus servicios. Si alguien te cobra, denuncia en quejasdelservicio@stps.gob.mx o al 55 5998 2000.
- Cuidado con gestores o tramitadores que cobran por agilizar el trámite ante el CFCRL o la PROFEDET. El trámite no requiere intermediarios y es gratuito.
- El patrón tiene la carga de la prueba: debe demostrar que el despido fue justificado. Si no puede probarlo, tienes derecho a la indemnización completa.
- Los salarios caídos tienen un tope de 12 meses (Art. 48 LFT). No se acumulan indefinidamente durante el juicio.
- No aplica para todos: trabajadores domésticos, socios o accionistas, directores generales y prestadores de servicios por honorarios no tienen acceso a la indemnización por despido injustificado bajo la LFT.
Fuentes oficiales
- Demanda Laboral por Despido Injustificado
- Cómo demandar por despido injustificado en México – Centro de Conciliacion Laboral de Sinaloa
- Profedet
- Conoce tus derechos en caso de renuncia o despido injustificado | Procuraduría Federal de la Defensa del Traba
- ¿Qué hacer si te despiden? Profedet defiende tus derechos laborales | Procuraduría Federal de la Defensa del T
- Asesoría y Conciliación Laboral
