Saber cuánto pagan por incapacidad IMSS es clave antes de que el dinero llegue —o no llegue— a tu cuenta. El subsidio por incapacidad temporal es el pago que el Instituto hace cuando un trabajador asegurado no puede laborar por enfermedad, accidente o maternidad. No siempre equivale al sueldo completo: el porcentaje varía según el origen de la incapacidad.
Este trámite le aplica a cualquier trabajador dado de alta ante el IMSS por su patrón que cuente con el número mínimo de semanas cotizadas y con un certificado médico expedido por el propio Instituto. Si cumples esas dos condiciones, tienes derecho al subsidio.
El pago se deposita directamente en tu cuenta bancaria. Por eso, antes de que llegue la incapacidad, conviene tener registrada tu CLABE interbancaria ante el IMSS.
Requisitos
- Estar dado de alta ante el IMSS por tu patrón al momento de la incapacidad (no en licencia sin goce ni dado de baja)
- Certificado de incapacidad expedido por médico del IMSS — no se aceptan certificados de médicos privados
- Para enfermedad general: mínimo 4 semanas de cotización inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad
- Para trabajadores eventuales con enfermedad general: mínimo 6 semanas cotizadas en los 4 meses anteriores
- Para maternidad: mínimo 30 semanas cotizadas en los 12 meses anteriores al parto (Art. 102 LSS)
- Para riesgo de trabajo: no se requiere mínimo de semanas cotizadas
- Número de Seguridad Social (NSS) vigente
- Identificación oficial (INE o pasaporte)
- Cuenta bancaria a tu nombre con CLABE interbancaria registrada ante el IMSS (estado de cuenta no mayor a 3 meses)
- FIEL / e.firma del SAT para registrar la CLABE en línea; si no la tienes, puedes hacerlo en ventanilla de tu UMF
Cómo se hace paso a paso
- Acude a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) asignada o agenda cita vía app IMSS Digital o por teléfono en cuanto inicien los síntomas o el accidente.
- El médico del IMSS evalúa tu condición. Si determina que no puedes trabajar, expide el certificado de incapacidad temporal con los días autorizados.
- Entrega el certificado original a tu empleador dentro de las primeras 48 horas. Conserva una copia.
- Registra —o confirma que ya tienes registrada— tu CLABE en el portal IMSS Digital usando tu FIEL/e.firma, o acude a la ventanilla de Prestaciones Económicas de tu UMF con tu estado de cuenta bancario.
- El IMSS deposita el subsidio en tu cuenta. Para enfermedad general, el pago empieza a partir del día 4 de incapacidad. Para riesgo de trabajo, desde el día 1.
- Asiste a las citas de control programadas. El médico puede renovar o dar de alta la incapacidad.
- Si el certificado aparece como validado en el portal y han pasado más de 5 días hábiles sin depósito, llama al 800 623 2323 o acude a la subdelegación IMSS de tu zona con el certificado, tu INE y tu NSS.
Costos y tiempos
El trámite no tiene costo para el asegurado.
Los montos del subsidio vigentes en 2026 son:
- Enfermedad general: 60% del Salario Base de Cotización (SBC), a partir del día 4 de incapacidad (Art. 98 LSS)
- Enfermedad general a partir del día 27 de incapacidad continua: 70% del SBC
- Riesgo de trabajo (accidente o enfermedad laboral): 100% del SBC desde el día 1, sin días de espera (Art. 58 LSS)
- Maternidad: 100% del SBC durante 84 días naturales — 42 días antes y 42 días después del parto
- Tope máximo del SBC para calcular el subsidio: $2,932.75 pesos diarios (equivalente a 25 UMAs; UMA 2026 = $117.31/día, vigente desde el 1 de febrero de 2026 según DOF del 9 de enero de 2026)
Los primeros 3 días de una incapacidad por enfermedad general no los paga el IMSS ni está obligado a pagarlos el patrón (Art. 42 LFT). Algunas empresas los cubren voluntariamente.
Una incapacidad puede durar hasta 52 semanas por el mismo padecimiento. Si al terminar ese año persiste la incapacidad, el IMSS puede extenderla hasta 78 semanas (Art. 96 LSS). Después se evalúa si procede pensión por invalidez.
Dónde se hace
- Portal IMSS Digital en imss.gob.mx — Escritorio Virtual: registro de CLABE, consulta de estatus y monto del subsidio, historial de incapacidades. Requiere CURP, FIEL/e.firma y correo electrónico.
- App IMSS Digital (gratuita, Android e iOS): agendar citas, localizar clínicas y gestionar trámites de incapacidad por padecimientos leves.
- Ventanilla de Prestaciones Económicas de tu UMF: registro de CLABE sin FIEL y trámites presenciales.
- Subdelegación IMSS de tu zona: aclaraciones cuando el pago no llega en el plazo esperado.
- IMSS Contigo: 800 623 2323.
- Trámite oficial de registro de CLABE en ventanilla: ficha IMSS-01-036-B en imss.gob.mx/tramites/imss01036b.
Preguntas frecuentes
¿Por qué me llegó menos dinero del que esperaba?
El subsidio se calcula sobre el Salario Base de Cotización (SBC) registrado ante el IMSS, no sobre tu sueldo neto. Si tu patrón te registró con un SBC menor al salario real, el pago será proporcional a ese monto menor. Verifica tu SBC en el portal IMSS Digital.
¿Por qué no me pagaron los primeros 3 días?
Por ley (Art. 42 LFT y Art. 96 LSS), en incapacidad por enfermedad general el IMSS paga a partir del día 4. Nadie está legalmente obligado a cubrir esos 3 días; algunas empresas lo hacen de forma voluntaria.
¿Me accidenté yendo al trabajo. Eso cuenta como riesgo de trabajo?
Un accidente de trayecto puede clasificarse como riesgo de trabajo, lo que da derecho al 100% del SBC desde el día 1. Es fundamental que el médico del IMSS lo clasifique correctamente desde el primer momento. Si no lo hace así, exige la corrección antes de que se cierre el expediente.
¿Puedo cobrar la incapacidad con un certificado de mi médico particular?
No. El IMSS solo reconoce certificados expedidos por sus propios médicos. Un certificado privado no genera derecho a subsidio bajo ninguna circunstancia.
¿Me pueden despedir mientras estoy incapacitado?
La incapacidad suspende la relación laboral sin extinguirla; conservas tu puesto. Un despido durante una incapacidad vigente puede ser improcedente e impugnable ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Lo que hay que cuidar
- El SBC que registró tu patrón es la causa más común de pago incompleto. Si te registraron con un salario menor al real, el subsidio será menor. Revísalo en IMSS Digital antes de que llegue la incapacidad.
- El tope máximo de cotización es $2,932.75 diarios (25 UMAs, 2026). Si ganas más, el IMSS calcula el subsidio solo sobre ese tope.
- Si tu patrón no ha pagado las cuotas al IMSS, el subsidio puede bloquearse aunque tú no tengas ninguna culpa.
- Tienes máximo 5 días hábiles desde la expedición del certificado para presentarlo o gestionar el pago. Pasado ese plazo puedes perder el derecho al subsidio de esos días.
- En incapacidades consecutivas por la misma enfermedad, los 3 días de espera solo aplican a la primera. Las siguientes se pagan desde el día 1.
- Si el médico no clasifica el accidente como riesgo de trabajo cuando sí lo es, el pago baja de 100% a 60% y empieza hasta el día 4. Exige la clasificación correcta desde el inicio.
- Fraude documentado: existen redes que cobran incapacidades con identidades robadas. El IMSS advierte que el subsidio solo se deposita en cuenta a nombre del propio asegurado. Nunca entregues tu NSS, CLABE ni FIEL a terceros.
