Denunciar maltrato a un adulto mayor no tiene una sola puerta de entrada. La ruta depende de si hay un delito (golpes, abuso sexual, robo de pensión), una situación de abandono o una violación cometida por una institución pública. Saber a dónde ir primero evita perder tiempo cuando el tiempo importa.
Cualquier persona puede hacer el reporte: un vecino, un médico, un familiar o la propia víctima. Las autoridades están obligadas a investigar incluso denuncias anónimas. La persona afectada debe tener 60 años o más para acceder a las rutas específicas de adultos mayores, aunque los delitos se persiguen sin importar la edad.
Todos los trámites descritos en esta nota son gratuitos. Nadie puede cobrar por gestionarlos.
Requisitos
- Para asesoría en el INAPAM: tener 60 años o más, o ser familiar o testigo del afectado; presentar credencial del INE o tarjeta INAPAM.
- Documentos que describan o acrediten el maltrato: dictamen médico, fotos de lesiones o condiciones de insalubridad, estados de cuenta, testimonios de testigos.
- Para denuncia penal ante el Ministerio Público: identificación oficial del denunciante. Puede ser un tercero.
- Para queja ante la CNDH: escrito firmado con nombre, apellidos, domicilio y teléfono del quejoso; narración de los hechos y nombre de la autoridad responsable si se conoce.
- La denuncia puede ser anónima ante el Ministerio Público.
Cómo se hace paso a paso
- Emergencia inmediata: Si hay riesgo a la vida o lesiones graves, llamar al 911.
- Documentar: Anotar fechas, horas, lugares y descripción del maltrato. Tomar fotos de lesiones o condiciones de insalubridad si es seguro hacerlo. Recabar testimonios de testigos.
- Elegir la vía según el caso:
- Vía INAPAM (asesoría y canalización): Enviar correo a asesoriajuridicainapam@inapam.gob.mx, llamar al 55 5925 5366 o acudir presencialmente de lunes a viernes de 08:30 a 14:30 h. El INAPAM orienta y canaliza a la instancia correcta, pero no tiene facultades de rescate.
- Vía penal (golpes, abuso sexual, despojo económico): Acudir al Ministerio Público o Fiscalía estatal más cercana. En CDMX existe la Agencia Especializada para la Atención de Personas Adultas Mayores Víctimas de Violencia Familiar de la FGJCdMx.
- Vía DIF (abandono, vulnerabilidad social): Acudir al DIF municipal o estatal. El DIF realiza una valoración y puede brindar resguardo institucional.
- Vía CNDH (si la violación la comete una autoridad o institución pública): Presentar queja por escrito en oficinas de la CNDH, por correo electrónico o, en casos urgentes, por cualquier medio de comunicación. La CNDH no atiende agresiones de particulares.
- Ratificar: Si el reporte fue telefónico o por internet, presentarse ante el Ministerio Público con identificación oficial para formalizar la carpeta de investigación.
- Si te niegan la denuncia: Acudir a la Comisión de Derechos Humanos de tu estado o a la CNDH para reportar la omisión de la autoridad.
Costos y tiempos
- Asesoría jurídica INAPAM: gratuita.
- Denuncia ante Ministerio Público o Fiscalía: gratuita.
- Queja ante la CNDH: gratuita.
- Atención DIF: gratuita.
- El reporte se puede hacer en cualquier momento del año; no hay convocatoria de temporada.
- Atención presencial INAPAM: lunes a viernes, 08:30 a 14:30 h. Para urgencias fuera de ese horario, usar el 911 o acudir directamente al Ministerio Público.
Dónde se hace
- INAPAM – Subdirección Jurídica: Petén 419, Col. Vértiz Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, CDMX. Tel: 55 5925 5366. Correo: asesoriajuridicainapam@inapam.gob.mx.
- Ministerio Público o Fiscalía estatal más cercana en cada entidad. Buscar “Fiscalía especializada adultos mayores” en tu estado.
- FGJCdMx – Agencia Especializada para la Atención de Personas Adultas Mayores Víctimas de Violencia Familiar (solo CDMX). Consultar datos de contacto actualizados en fgjcdmx.gob.mx.
- DIF municipal o estatal en todo el país.
- CNDH – Comisión Nacional de los Derechos Humanos: Tel: 800 202 0000. Web: cndh.org.mx.
- Estado de México – Línea del Adulto Mayor: 800 82 38 580, lunes a viernes de 9:00 a 18:00 h.
- Trámite federal DIF registrado en gob.mx: Reporte de maltrato a adulto mayor y/o persona con discapacidad (clave DIF8885), disponible en el portal gob.mx/tramites.
Preguntas frecuentes
¿Puedo denunciar si no soy el adulto mayor afectado?
Sí. Cualquier persona —vecino, médico, familiar, trabajador social— puede reportar. Las autoridades están obligadas a investigar incluso reportes anónimos o de terceros.
¿Qué tipos de maltrato se pueden denunciar?
Físico, psicológico, sexual, económico o patrimonial (robo de pensión, despojo de bienes), negligencia, abandono y maltrato en instituciones. El maltrato económico también es delito denunciable ante la Fiscalía; no es solo un asunto familiar.
¿Qué pasa si el agresor es un familiar directo?
Se denuncia igual. El maltrato intrafamiliar es delito. El INAPAM y el DIF tienen áreas jurídicas gratuitas para acompañar el proceso.
¿El INAPAM puede sacar al adulto mayor de su casa si está en peligro?
No. El INAPAM orienta y canaliza, pero no tiene facultades de rescate. Para intervención inmediata hay que acudir al DIF o al Ministerio Público, quienes pueden solicitar medidas de protección.
¿Existe una línea nacional única para reportar maltrato a adultos mayores?
No hay una línea 800 nacional exclusiva para este fin confirmada en fuente oficial vigente. El canal más directo es el INAPAM al 55 5925 5366 o el 911 en emergencias.
Lo que hay que cuidar
- No hay ventanilla única nacional. La ruta depende del tipo de maltrato y del estado. Ir directo al Ministerio Público es la vía más efectiva cuando hay delito.
- Fraude frecuente: personas que cobran por “gestionar” la denuncia o por “agilizar” la intervención del DIF. Todos estos trámites son gratuitos.
- Teléfonos desactualizados: los números publicados en notas de 2021 o anteriores pueden ya no estar en servicio. Verificar siempre en gob.mx/inapam antes de usarlos.
- Si el adulto mayor tiene demencia u otra condición cognitiva, puede ser necesario solicitar ante un juez de lo familiar la designación de un tutor legal para proteger sus bienes.
- La Fiscalía Federal Especializada en adultos mayores no existe aún. La propuesta fue presentada en diciembre de 2025 pero no había sido aprobada al 1 de agosto de 2026.
- La CNDH no sanciona a agresores particulares. Su competencia abarca violaciones cometidas por autoridades o instituciones públicas. Para agresores particulares, la vía es el Ministerio Público.
Fuentes oficiales
- Congreso local promueve líneas de denuncia a favor de adultos mayores maltratados
- PREVENCIÓN DEL MALTRATO HACIA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES gob.mx/inapam
- Abuso y Maltrato en la Vejez | Portal Ciudadano del Gobierno del Estado de México
- Recomienda INAPAM a las personas adultas mayores buscar ayuda en caso de sufrir maltrato | Instituto Nacional
- El maltrato en la vejez | Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores | Gobierno | gob.mx
- INICIATIVA PROTECCION ABANDONO ADULTO MAYOR …
