¿Tienes auto y vas a presentar tu declaración anual del SAT 2022? Te decimos qué gastos deducir

¿Tienes auto y vas a presentar tu declaración anual del SAT 2023? Te decimos qué gastos deducir

Uno de los ejercicios fiscales que para algunos puede ser muy engorroso es la declaración anual del SAT, pero, si se hace en tiempo y forma y de manera responsable, puede que salga saldo a tu favor y se te devolvería un dinero extra que a nadie le cae mal. Es por ello que debes sabe qué gastos son los que se pueden deducir de impuestos para que esa posible devolución se haga realidad.

Si bien hay varios gastos personales que pueden ser deducidos de impuestos, en esta ocasión te decimos algunos referentes a tu automóvil que bien pueden hacer que ahorres, aprovechando que es lo que la mayoría de las personas en la actualidad poseen, debido a que contar con uno, ya no es un lujo, si no una necesidad.

También es necesario conocer las reglas del Servicio de Administración Tributaria para no caer en errores o contradicciones y que en lugar de ayudar a ahorrarte una lanita, termine por ser todo lo contrario y te salga más caro. Así que para que aproveches los gastos derivados de tu auto, te decimos cuáles son los que puedes deducir en tu declaración.

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¿Qué facturas de mi auto puedo presentar en la declaración anual?

De acuerdo con el SAT, las facturas de tu automóvil que podrás presentar para deducir impuestos en tu declaración anual, son:

Pero para poder presentar las facturas de esos gastos, el SAT tiene algunas condiciones para poder hacerlo, pues no en todos los casos está permitido hacer las deducciones, por lo que debes tomar en cuenta los siguientes requisitos para que sea válida la presentación de la factura:

Por último, es importante que recuerdes que dicha declaración anual del ejercicio 2022 es obligatoria tanto para personas físicas como morales, el cual consiste en presentar un reporte de todas las operaciones, ingresos recibidos y gastos efectuados, en este caso, en todo el año 2022. En este 2023, las personas morales tuvieron hasta el 3 de abril para presentar su declaración, pero en cuanto a las personas físicas, tienen aún todo el mes de abril para presentarla.

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Con información de El Universal, Kubo Financiero / Foto de portada: tomada de internet, ilustrativa.

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