Cuando todo parecía indicar que se aprobaría la reforma para que millones de mexicanos tuvieran vacaciones dignas, con al menos doce días de descanso sin restricciones desde el primer año, resulta que los diputados han metido freno a la iniciativa que ya había tenido el visto bueno de la Cámara de Senadores. La Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones deja a los trabajadores con una buena noticia, pero también con una enorme desventaja.
En una modificación totalmente inesperada, los diputados han propuesto un cambio muy grave. Los trabajadores solo tendrán seis días de vacaciones seguidos y el resto quedará a criterio del patrón (la empresa). Estos son los detalles de cómo quedaría el mecanismo para las vacaciones entre la compañía, el patrón y el trabajador.
Diputados frenan vacaciones dignas
La reforma para las vacaciones dignas fue anunciada con bombo y platillo hace unas semanas en la Cámara de Senadores, aunque, faltaba la revisión y votación por parte de los diputados. Ahora, a unos días de que termine el año, los legisladores salieron con la sorpresa de que siempre no va de la forma en que fue prometida.
La minuta propuesta por el Senado ha sufrido varias modificaciones siendo la más importante el hecho de que los trabajadores solo podrán tomar seis días de vacaciones seguidos. El resto tendrá que disfrutarse en otro periodo siempre y cuando lo apruebe el patrón. Aunque el aumento a un mínimo de doce días se mantiene, el gran problema es el candado para que todo dependa del patrón y no del trabajador. El aumento a los días de vacaciones se da en el Artículo 76, pero el obstáculo se establece en el Artículo 78. Así quedarán los textos de la Ley del Trabajo en materia de vacaciones con los cambios de los diputados.
“Artículo 76. Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios. A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios”.
“Artículo 78. Las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de seis días de vacaciones en forma continua, del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley. En todo caso, las personas trabajadoras tendrán la potestad y el derecho de pactar con el patrón la forma y tiempos en el que disfrutarán los días de vacaciones que tengan a su favor, ya sea de forma continua o parcial”.
Juan Ortiz ️ (@Juan_OrtizMX)
Foto de portada: EFE