El Instituto de Salud para el Bienestar, el nuevo sistema médico del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador que entró en vigor el pasado 1 de enero cuenta con diferentes niveles de atención para los pacientes que estaban inscritos en el Seguro Popular.
En redes sociales se ha difundido el malestar de algunos sectores de la población que se quejan de cobros de cuotas en las consultas y diversos servicios médicos, sin embargo, las autoridades detallaron los montos y las enfermedades que cubrirá este servicio en todo el país.
¿Cuáles son los niveles del Insabi?
El instituto cuenta con tres niveles de atención médica que se clasifican de la siguiente forma:
Primer nivel
Es en esta etapa en la que se llevan a cabo diversa acciones de promociono de la salud, prevensiçon de enfermedades, así como atención ambulatoria, se establecen programas de planificación familiar, así como el combate a enfermedades comunes y se aplican inyecciones.
Segundo nivel
En este se brinda atención a pacientes que requieren internamiento en un hospital, o bien algún tipo de atención de emergencia, en este nivel se clasifican los partos y las fracturas, por mencionar algunos. Queda dividir en medicina interna, pediatría, ginecobstetricia y cirugía
*Ojo. De acuerdo con la información oficial, el Insabi çunicamente brindará servicios gratuitos en ambos niveles, y en el tercero ya estableció que habrá cuotas de recuperación.
¿Cuál es el tercer nivel del Insabi?
En el nivel más especializado del nuevo instituto se encuentran pacientes que padecen enfermedades cuyos cuidados y medicamentos requieren atención muy especializada como son:
Las enfermedades que NO cubre el Insabi
Insuficiencia renal crónica
Diversos tipos de cáncer
Transplantes
Enfermedades del hígado, páncreas o riñón
Enfermedades hematológicas como leucemia, síndromes mieloproliferativos crónicos, linfoma de Hodgkin, entre otros.
Hemofilia
Hemodiálisis
Cirugía cardiovascular
Seguramente, te estas preguntando cuál es la razón por la que se cobrarán cuotas de recuperación a los pacientes que presenten estas enfermedades, el sustento se encuentra en el artículo 36 de la Ley General de la Salud, en el que se establece que los Institutos Nacionales y Hospitales Federales deben obtener recursos a partir del cobro de cuotas de recuperación que sirvan para brindar servicios de calidad en este nivel de atención médica.
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