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¿Cuándo es ilegal el porno? Productor de Sexmex habla sobre nueva ley

Fernando Deira, productor de Sexmex, explica que la nueva Ley contra la Trata de Personas, que castiga la pornografía, puede interpretarse de muchas formas.

CC News

Fernando Deira, productor de Sexmex, la empresa de entretenimiento para adultos más importante del país y América Latina, dice que no nos dejemos engañar por las notas amarillistas que han circulado en redes sociales tras la publicación, en medios nacionales, sobre la aprobación de sancionar la pornografía como delito sexual que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

A través de su cuenta de Twitter, Deira acusó al diario El Universal de publicar información presuntamente tendenciosa, para sacar de ‘contexto’ artículos de la ley de contra la trata de personas.

¡Totalmente mentira! El Universal está sacando de contexto artículos de la ley contra trata de personas para lanzar una nota sensacionalista. No es así como ellos lo mencionan. Infórmense. No caigan en tretas amarillistas.

Deira, conocido como ‘El Rey del Porno’ en México, invita a informarse de manera completa sobre esta nueva interpretación de la SCJN. (Foto: Twitter)

El diario en cuestión, en su sección de seguridad, publicó este primero de agosto una nota titulada “Avalan sancionar pornografía como delito sexual”, donde informa que los magistrados aprobaron sancionar como explotación sexual la producción, comercio o distribución de pornografía hasta con 15 años de cárcel.

Esto significa que la primera sala de la Corte aprobó la fracción III del artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas, que establece lo siguiente:

Será sancionado con penas de 5 a 15 años de prisión y de mil a 30 mil días multa, al que se beneficie económicamente de la explotación de una persona mediante el comercio, distribución, exposición, circulación u oferta de libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos, de carácter lascivo o sexual, reales o simulados, sea de manera física, o a través de cualquier medio.

De acuerdo con Deira, todos sus actores y actrices firman un contrato de manera independiente y con consentimiento.

(Foto: El Informador)

Sin embargo, la industria de entretenimiento para adultos en México está a salvo. En entrevista con el medio Infobae, Deira detalló que dicha norma no afecta a los creadores de pornografía, donde actores y actrices mayores de edad, legalmente contratados graban con consentimiento e independencia, libres de ser víctimas de trata.

Mi abogado y yo hemos estado pendientes todo el día, lo analizamos y para nosotros todo sigue igual porque somos una empresa responsable, indicó.

¿Entonces, esto aplica para toda la pornografía?

No, primero hay que hacer énfasis en que esta ley sólo se aplicará en caso de que se compruebe que incurrió en el delito de explotación sexual, que incluye a todas personas que se dediquen a “captar, transportar, enganchar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación”.

En pocas palabras: el porno será ilegal SIEMPRE Y CUANDO coincida con esta tipificación y en todos los casos, el juez a cargo del caso deberá solicitar un dictamen pericial para evaluar si la conducta en cuestión constituye o no explotación sexual.

Según la SCJN, la sanción busca penas de 5 a 15 años de prisión a quien lucre con pornografía contra la voluntad de una persona, víctima de trata. (Foto: Twitter)

En palabras más simples, la ley sólo sanciona a personas que incurren en engaño, violencia física o moral contra la víctima, abuso de poder, el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, daño grave, o amenaza de daño grave, o la amenaza de denunciar a la víctima ante las autoridades.

Esto quiere decir que la pornografía será considerada un delito sólo cuando esté relacionado con la trata de personas, donde según los artículos 19 y 20 refieren que los contratos en los que bajo engaño se induce al trabajador a realizar servicios sexuales, son considerados explotación sexual.

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