Este 17 de septiembre entre en vigor la nueva Constitución de la Ciudad de México. Un grupo de 100 legisladores constituyentes la redactaron entre el 15 de septiembre de 2016 y el 31 de enero de 2017.
Se aprobó el 31 de enero de 2017. Fue publicada el 5 de febrero para celebrar la Constitución de 1917.
Los legisladores constituyentes al terminar los trabajos. (Foto: Senado)
Un grupo de 100 legisladores constituyentes se encargó de la manufactura de esta Carta Magna de la CDMX, de ellos 60 fueron elegidos el 5 de julio de 2016 y 40 fueron designados de la siguiente manera: 14 por la Cámara de Diputados, 14 por el Senado, seis por el presidente Enrique Peña y seis por el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera.
1. Cuerpo:
Está compuesta por 71 artículos generales y se añadieron 39 transitorios. Contiene ocho títulos o apartados: Disposiciones Generales, Carta de Derechos, Desarrollo Sustentable, Ciudadanía y Ejercicio Democrático, Distribución del Poder, Buen Gobierno y Buena Administración, Carácter de la Capital y el de Estabilidad Constitucional.
Una vez aprobada se presentaron 63 impugnaciones; la SCJN atendió todas.
Hace un año fue publicada. (Foto: Delegación Iztapalapa)
2. Impugnaciones:
Luego de un proceso de revisión, la Suprema Corte invalidó 26 porciones de 11 de los 71 artículos permanentes de la Carta Magna de la CDMX.
3. Derechos:
Se establecieron derechos y obligaciones como el derecho a la autodeterminación personal y la muerte digna; el derecho pleno a las familias en todas sus manifestaciones y estructuras; derecho a ejercer la sexualidad de forma libre sin discriminación; protección y seguridad para el libre ejercicio del periodismo, la disidencia y el pensamiento crítico; derecho a la protesta social, prohíbe su criminalización y garantiza el respeto a los derechos de quienes lo ejerzan; permite el uso médico y terapéutico de la marihuana; prohíbe el trabajo infantil y el forzado; protege la libertad y la democracia y garantiza el seguro de desempleo; protección a los animales y sanciona su maltrato; derecho a los ciudadanos para iniciar leyes, revocar el mandato a las autoridades, elaborar presupuestos participativos, así como registrar candidaturas sin partido para cargos públicos; promueve principios del parlamento abierto; reelección de diputados; permite al Congreso de la Ciudad para participar en las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; elimina el fuero y privilegios de los servidores públicos.
Infografía: Cultura Colectina News/ Ar Briones
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Miguel Ángel Mancera, como jefe de Gobierno, fue el principal impulsor de la nueva Carta Magna para la CDMX. (Foto: Proceso)
4. Muerte digna:
Se estableció en en el artículo 11: “Toda persona tiene derecho a la autodeterminación y al libre desarrollo de una personalidad. Este derecho humano fundamental deberá posibilitar que todas las personas puedan ejercer plenamente sus capacidades para vivir con dignidad. La vida digna contiene implícitamente el derecho a una muerte digna”.
5. Marihuana medicinal:
Este tema polémico fue consignado en el artículo 7, apartado D: “A toda persona se le permitirá el uso médico y terapéutico de la cannabis sativa, indica, americana o mariguana y sus derivados. De conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación aplicable”.
“Las disposiciones sobre el uso médico y terapéutico de la cannabis sativa, indica y americana o mariguana y sus derivados, previstas en el artículo 14, apartado D, numeral 7 de esta Constitución, entrarán en vigor cuando la ley general en la materia lo disponga”.
Aún falta que en la Constitución y leyes secundarias de Salud del país se valide lo referente a marihuana. (Foto: Publimetro)
6. Las alcaldías:
El artículo 58 establece que a partir de ahora las “demarcaciones territoriales” serán 16 órganos político administrativo denominados alcaldías; es decir, desaparecen las delegaciones.
7. Los comerciantes no asalariados (ambulantes):
En el artículo 15, párrafo 12 son mencionados: “Reconoce a comerciantes como trabajadores no asalariados y organizar al comercio ambulante mediante Zonas Especiales de Comercio y Cultura Popular. Las personas trabajadoras no asalariadas, prestadoras de servicios por cuenta propia que producen bienes y artesanías, y comerciantes tienen derecho a realizar un trabajo digno, a poseer una identidad formal en la Ciudad de México, asociarse para defender sus intereses, recibir capacitación y las demás que establezca la legislación en la materia”.
A pesar de que este 17 de septiembre entra en vigor esta carta magna de la Ciudad de México se mantienen en pendiente ciertos artículos, también pendientes la aprobación de leyes secundarias y cuestiones que se tienen que aprobar a nivel nacional; sin embargo, uno de sus impulsores, Miguel Ángel Mancera festejó el inicio de su entrada en vigor.
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