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Me negaron atención médica: qué hacer paso a paso en México

por Ernesto Palacios Najera
julio 30, 2026
en Agenda Colectiva, México
Me negaron atención médica: qué hacer paso a paso en México

Vía Wikipedia (Clínica)

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Si te negaron atención médica de urgencia en un hospital público y no sabes qué hacer, esta guía es para ti. En México, la Ley General de Salud obliga a todos los hospitales públicos —IMSS, ISSSTE, IMSS-Bienestar, Secretaría de Salud y hospitales estatales— a atender urgencias sin excepción. No importa si tienes o no seguridad social, si traes dinero o si llevas documentos: en una urgencia real, nadie puede cerrarte la puerta.

El artículo 469 de la Ley General de Salud va más lejos: negar atención en casos de notoria urgencia que pongan en riesgo la vida no es solo una falta administrativa. Es un delito penal. Tienes derecho a exigir atención ahora y a dejar constancia si te la niegan.

A continuación encontrarás los pasos concretos para actuar, desde el momento en que te niegan la atención hasta las vías formales de queja.

Requisitos

  • Ser la persona afectada o un familiar o representante que actúe en su nombre
  • Narración clara y por escrito de los hechos: fecha, hospital, nombre del médico o área que negó la atención (si se conoce)
  • Identificación oficial con fotografía del quejoso (INE, pasaporte u otra)
  • Documentos que acrediten los hechos: notas médicas, recetas, resultados de estudios, radiografías, fotografías, si los hay
  • Comprobante de domicilio (si la queja se envía por escrito o correo postal)
  • En caso de representante: carta poder simple o acta de nacimiento si es familiar directo

Cómo se hace paso a paso

  1. En el momento: exige atención en voz alta. Dirígete al médico de guardia, al jefe de turno o al director del hospital. Deja claro que estás solicitando atención de urgencia y que quedará constancia de ello.
  2. Documenta la negativa de inmediato. Pide por escrito el nombre del médico que niega la atención, la hora y el motivo. Si no te dan nada por escrito, toma fotos o video del lugar y de las personas involucradas. Guarda cualquier papel que te entreguen.
  3. Llama a CONAMED si la urgencia sigue activa. En casos de urgencia que pongan en riesgo la vida, CONAMED gestiona el mismo día de recibida la queja. La institución involucrada tiene 48 horas hábiles para dar respuesta. El número de atención debes consultarlo directamente en el portal oficial, ya que no fue posible confirmar el número actualizado durante la elaboración de esta nota.
  4. Presenta queja formal ante CONAMED. Descarga y llena la Guía-Queja disponible en el portal oficial de CONAMED, envíala al correo primera_atencion@conamed.gob.mx, preséntala de forma presencial o usa el formulario en línea. El trámite es gratuito.
  5. Presenta queja ante la CNDH si hubo daño grave o negativa sistemática. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos puede emitir recomendaciones a instituciones como el IMSS o el ISSSTE. Esta vía aplica cuando la negativa fue grave o causó un daño real. El trámite también es gratuito.
  6. Solicita un amparo judicial si la vida sigue en riesgo y no hay respuesta. Es la vía más rápida para que un juez federal ordene la atención de forma inmediata. Requiere contratar un abogado; el costo varía según honorarios y no hay un monto oficial confirmado.
  7. Presenta denuncia penal si la negativa causó daño grave o muerte. Acude a la Fiscalía correspondiente con base en el artículo 469 de la Ley General de Salud. Lleva toda la documentación que reuniste desde el paso 2.

Costos y tiempos

  • Queja ante CONAMED: gratuita. En urgencias activas, la gestión se realiza el mismo día y la institución tiene 48 horas hábiles para responder.
  • Queja ante CNDH: gratuita.
  • Amparo judicial: el costo depende de los honorarios del abogado. No hay un monto oficial confirmado; consulta directamente con un abogado o con la Defensoría Pública Federal.
  • Urgencias en hospitales públicos: deben operar 24 horas al día, 365 días al año, según el artículo 87 del Reglamento de la Ley General de Salud.
  • El tiempo promedio de resolución de una queja formal por conciliación ante CONAMED no fue posible confirmarlo; consúltalo en gob.mx/conamed.

Dónde se hace

  • CONAMED — Portal oficial: gob.mx/conamed
  • CONAMED — Correo para queja: primera_atencion@conamed.gob.mx
  • CONAMED — Formulario en línea: disponible en gob.mx/conamed/articulos/tienes-una-queja-por-la-atencion-medica-recibida
  • CONAMED — Directorio de Comisiones Estatales de Arbitraje Médico (para quejosos fuera de la CDMX): disponible en el portal de CONAMED
  • CNDH — Portal oficial: cndh.org.mx
  • En el propio hospital: Área de Trabajo Social, Dirección del hospital o Módulo de Atención Ciudadana de la institución (IMSS, ISSSTE, etc.)

Preguntas frecuentes

¿Me pueden negar urgencias si no soy derechohabiente del IMSS o ISSSTE?

No. La obligación de atender urgencias aplica a cualquier persona, independientemente de si tiene o no seguridad social. La Ley General de Salud no distingue derechohabiencia en casos de urgencia.

¿Me pueden pedir dinero antes de atenderme en urgencias?

No en hospitales públicos. Condicionar la atención de urgencia a un pago previo es ilegal y puede constituir el delito previsto en el artículo 469 de la Ley General de Salud.

¿La queja ante CONAMED sirve para urgencias activas o solo para quejas posteriores?

Sirve para ambas situaciones. En urgencias activas que pongan en riesgo la vida, CONAMED gestiona el mismo día de recibida la queja y da 48 horas hábiles a la institución para responder.

¿Qué pasa si CONAMED no logra que me atiendan?

Puedes escalar a queja ante la CNDH o solicitar un amparo judicial. El amparo es la vía más rápida para que un juez ordene la atención de forma inmediata.

¿Puede presentar la queja un familiar si el paciente no puede hacerlo?

Sí. Un familiar o persona de confianza puede presentarla en nombre del paciente con una carta poder simple o acreditando el parentesco con acta de nacimiento.

Lo que hay que cuidar

  • Documenta todo desde el primer segundo. Sin el nombre del médico, la hora y el motivo de la negativa, la queja es mucho más difícil de sostener. No esperes a llegar a casa para anotar los datos.
  • CONAMED no es tu abogado. Actúa como árbitro neutral entre el paciente y la institución. No te representa ni te defiende. Si necesitas representación legal, debes contratar un abogado por separado.
  • Los trámites ante CONAMED y CNDH son 100% gratuitos. Si alguien te ofrece gestionar tu queja a cambio de dinero, es un fraude. Ambos trámites se hacen directamente en sus portales oficiales sin intermediarios.
  • La obligación aplica también a hospitales privados. CONAMED atiende quejas del sector privado, pero la CNDH solo tiene competencia sobre instituciones públicas.
  • “Urgencia” no es lo mismo que “consulta de primera vez”. La obligación irrestricta aplica a urgencias reales: situaciones con riesgo de vida o daño irreversible. No aplica a citas programadas ni a consultas electivas.
  • Si la negativa causó muerte o daño grave, hay vía penal. El artículo 469 de la Ley General de Salud tipifica esto como delito. La denuncia se presenta ante la Fiscalía, no ante CONAMED.

Fuentes oficiales

  • 19.JUL.2025 LA SALUD NO PUEDE CONDICIONARSE: URGENCIAS DEBEN ATENDERSE
  • Atención Médica | Comisión Nacional de los Derechos Humanos – México
  • Atención médica en el servicio de urgencias en el IMSS
  • Reglamento de la Ley General de Salud en materia de …
  • Atención de quejas médicas | Comisión Nacional de Arbitraje Médico | Gobierno | gob.mx
  • ¿Tienes una queja médica? Ingresa a la guía en línea. | Comisión Nacional de Arbitraje Médico | Gobierno | gob
Tags: CNDHCONAMEDderechos del pacienteIMSSsaludtrámites de gobiernourgencias médicas
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Ernesto Palacios Najera

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